sábado, 19 de noviembre de 2016

LEY N° 30438, LEY QUE MODIFICA EL D. L. 1140 Y CREA LA OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO DEL INTERIOR.

Artículo 13.- Autoridades Políticas
Son autoridades políticas designadas el Prefecto Regional, el Subprefecto provincial y el subprefecto distrital y el teniente gobernador quienes representan al Poder Ejecutivo en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a su competencia, contribuyendo al orden público, la gobernabilidad y la paz social. Son funcionarios de confianza y para su designación no requieren haber nacido en la jurisdicción en la que son designados, debiendo tener residencia por un año como mínimo en la región, provincia o distrito según corresponda.

El reglamento establece los requisitos, procedimientos de designación, competencias, funciones, atribuciones y prohibiciones de las autoridades políticas.
Es una desgracia humana que los hombres de prensa hablemos antojos y caprichos y de igual forma se comportan algunos dirigentes comunes y silvestres.
Lo que debe objetarse es el delito contra la fe publica, teniendo en cuenta que el sub prefecto designado habria consignado un domicilio irreal.... Por lo de mas, me parece que se sujeta a la Ley, tengan cuidado he escuchado esta verborrea de alguien que estudio derecho, no sera que se esta babeando por ocupar este cargo...
Recuerden que durante la campaña electoral no hubo gente de PPK y ahora de donde aparecieron?
Lo que si escuche es atacar al partido de la naranja, todo el pueblo cerró paso al fujimorismo, eso si me consta

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