El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Puno, a cargo de la magistrada María Candelaria Morales Segura, sentenció a 3 años y 9 meses de pena privativa de libertad suspendida, con periodo de prueba de 3 años a Felipe Vilca Chambi.
Esta sentencia se dio, luego que el imputado, de manera voluntaria y en consulta con sus abogados, decidieron acogerse al Proceso Especial de Terminación Anticipada.
Ante ello el Juzgado Penal lo
sentenció como autor del Delito contra la Administración, Delitos cometidos por
Funcionarios Públicos, en su Forma de Cohecho Pasivo Impropio.
Según los hechos, Felipe Vilca en su condición de alcalde del distrito de Muñani, provincia de Azángaro, fue detenido por el delito de corrupción de funcionarios ya que habría solicitado un porcentaje del costo total por la elaboración de un expediente técnico de una obra a ejecutarse en su localidad.
El ahora sentenciado, además
tendrá que pagar por concepto de reparación civil la suma de 8 mil soles y el
pago por días multa la suma de 11 mil 655 soles, en favor del Estado Peruano;
se le impuso además reglas de conducta y fue inhabilitado por 6 años y ocho
meses, para el ejercicio de toda función pública y el cargo que asumía al
momento de ocurridos los hechos.
Cabe precisar que la Terminación
Anticipada, es un proceso especial reconocido en el Código Procesal Penal, a
través de cual el procesado admite la culpabilidad de los cargos que le imputa
el Ministerio Público, a condición de la reducción de la pena que se le va
imponer, hasta en una sexta parte.
Al haberse acogido al Proceso
Especial de Terminación Anticipada, ya no se realizó la audiencia de la Prisión
Preventiva que fue requerida por el representante del Ministerio Público.
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